Facilidades IMSS para pago de cuotas obrero patronales.

A través del boletín de prensa 191/2020 del lunes 13 de abril del 2020 el H. Consejo Técnico del IMSS, presentó los siguientes instrumentos legales y administrativos para facilitar el pago de las cuotas obrero-patronales:

 

▪ Convenio de pago en parcialidades de cuotas IMSS previsto en los artículos 40-C y 40-D de la Ley del Seguro Social (LSS); establece orientación para facilitar la suscripción de dichos convenios; el importe inicial a pagar es del 20% de la cuota patronal y el 100% de la obrera, el resto podrá diferirse hasta 48 meses. Se debe tomar en cuenta que al ser un monto convenido en pago a parcialidades al ser un pago fuera del plazo legal, este genera actualización y recargos, el beneficio radica en que la tasa de interés oscila entre 1.26% y 1.82%, según el plazo elegido: 12, 24 o más.

▪ No se requerirán garantías para suscribir dicho convenio conforme a lo establecido en el Acuerdo del Consejo Técnico No. ACDO.AS2.HTC.300419/150.P.DIR del pasado 30 de abril del 2019.

▪ Conforme al Acuerdo del H. Consejo Técnico 187/2003 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio del 2003 que en caso de cubrir oportunamente los compromisos convenidos las multas pueden disminuirse.

▪ Los ausentismos en los casos de ausencia del trabajador cuando subsista la relación laborar se encuentra establecido en el Articulo 31 de la LSS mismo que prevé el descuento de 7 días por dicho ausentismo. Durante esos días se pagará la cuota del Seguro de Enfermedades y Maternidad.

▪ Se consideran días inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2020 y la fecha que el Consejo Técnico determine que han cesado las causas que dieron origen.

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